Construye tu vivienda


Noviembre 2 de 2012

 

  • Puedes destinar tu crédito a esta opción en tu propio terreno o en el de tu cónyuge, si estás casado bajo el régimen de sociedad conyugal.
  • Puedes usar una parte del crédito para poner el terreno a tu nombre, inscribirlo ante el Registro Público de la propiedad, subdividir predios, formalizar cesión de derechos o bien, para resolver intestados y juicios a partir de la adjudicación.
  • En caso de que necesites poner a tu nombre el terreno, el monto para hacerlo será tomado de tu ahorro en la Subcuenta de Vivienda y dependerá de tu salario.
  • Si los recursos en tu Subcuenta de Vivienda no son suficientes para este trámite, deberás cubrir el costo por tu cuenta.
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